El comercio de servicios audiovisuales. Industria cinematográfica en Chile

Autor: Gloria Camila Zambrano Ortega

Para Optar al Grado: Magíster en Estrategia Internacional y Política Comercial del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile.

Introducción

El cine en Chile data para inicios del siglo XX, con producciones nacionales como documentales e internacionales tipo cinematográficas; para el año 1910 por motivo de la independencia se exhibe el primer largometraje Manuel Rodríguez como una reconstrucción histórica de los episodios de Manuel Rodríguez, héroe legendario de la independencia de Chile (filmada en los alrededores de Santiago con fecha de estreno 11/09/1910), impulsando este tipo de entretenimiento y el inicio del cine mudo chileno; para la década de 1920 se realizaron alrededor de 50 largometrajes chilenos, de los cuales la mayoría han desaparecido; así mismo, a finales de esta década la producción nacional cayó por dos motivos principales la gran depresión económica y la cantidad de distribuidoras que representaban a los estudios de Estado Unidos. Para la década de 1942, se da origen a la Corporación de Fomento (CORFO)1 con la que se crea la Compañía Chile Films2 como organismo empresarial para fomentar la producción y comercialización de películas nacionales, pero para el año 1949 se traspasó a entidades privadas. Finalmente entre 1940 a 1970 en Chile se produjeron 90 largometrajes nacionales, cantidad inferior a las producciones de España, Brasil, México y Argentina. (Ojeda, 2009)

Durante la dictadura del gobierno militar, se censuró y exilió a personas vinculadas al sector audiovisual de generaciones pasadas; además, con la llegada de la crisis a principios de los ochenta se reestructuró el sistema, impulsando reformas económicas y sociales con el fin de disminuir participación como actor intervencionista del Estado en este sector. Este modelo de orientación neoliberal permitió la eliminación de diferentes tipos de regulaciones y la disminución de aranceles que generaron un ingreso al mercado nacional de la competencia extranjera con producciones mucho más competitivas. (Ojeda, 2009)

En Chile, la ley de Fomento Audiovisual 19.981 inició su proceso de trámite en el Congreso Nacional el 9 de Octubre de 2001 y fue promulgada el 3 de Noviembre de 2004, donde El estado de Chile apoya la producción y difusión de obras audiovisuales; la cual consta de tres capítulos así: I. Disposiciones Generales, II. Del Consejo de Arte y de la Industria Audiovisual, y, III. Del Fondo de Fomento Audiovisual. Esta Ley permitió la creación del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, siendo este parte del Consejo Nacional de Cultura y Artes; y la creación del Fondo de Cultura Audiovisual que tiene como objetivo principal otorgar ayuda financiera para la producción de Audiovisuales, lo que dio paso a aumentar el número de películas chilenas en salas de cine.

Para el 2012 se presenta mediante Boletín N° 8620-24 adicionar a la ley 19.981 un Capítulo IV sobre cuota de pantalla y media continuidad, entendiendo como cuota de pantalla “el número de obras audiovisuales de producción nacional o latinoamericana, que deberán ser exhibidas por un exhibidor audiovisual en proporción a las obras audiovisuales de producción distinta a las mencionadas, que se hayan exhibido por éste durante los seis primeros meses de cada año o durante los últimos seis meses de cada año, según corresponda”; y media continuidad “la cantidad mínima de espectadores, contados dentro de los siete días siguientes al estreno oficial, que presencian exhibiciones de obras audiovisuales de producción nacional a las que se les haya asignado el beneficio de la cuota de pantalla…, que genera la obligación que recae sobre el exhibidor audiovisual de mantener la obra audiovisual de producción nacional en exhibición durante la semana siguiente en las mismas condiciones” (Boletín N° 8620-24, Cámara De Diputados de Chile, 2012).

De lo anterior, se tienen antecedentes de opinión de informantes claves tal como es la Cámara de Exhibidores Multisala de Chile CAEM, en su documento oficial “Opinión de CAEM sobre los sistemas de cuota de pantalla” – 2007; en el cual menciona la experiencia internacional en cuanto al manejo de cuota de pantalla en países como Argentina, Brasil y España, que desde su aplicabilidad han ocasionado efectos discriminatorios para beneficiar a un sector y afectar a otro como por ejemplo con las restricciones a la libertad de comercio, perjudicando de esta manera el derecho de elegir al espectador lo que quiera realmente ver, constituyendo una práctica de subvención impuesta del sector de servicios audiovisuales y afectando de esta manera el comercio de servicios.

Adicionalmente, esta modificación a la ley en su redacción actual, estaría contradiciendo lo resguardado en el Tratado de Libre Comercio (TLC) que ha suscrito Chile con Estados Unidos, Chile – México y Chile – Perú, debido a que dentro de las listas de reservas adjuntas a estos tratados no se evidencia la excepción a la industria cinematográfica, por tanto la imposición de cuota de pantalla en la industria atenta contra la integridad de los acuerdos vigentes ya mencionados.

Por tanto, la motivación para realizar este estudio de caso surge al querer conocer cómo perciben los diferentes informantes claves del sector audiovisual en Chile – industria cinematográfica la ley 19.981 de Fomento Audiovisual y el impacto que podría generar su modificación con la adición del capítulo de cuota de pantalla y media continuidad; realizando un análisis de la normativa estipulada en el sistema multilateral de comercio, lo suscrito en los acuerdos bilaterales actuales que incluyan el tema de sector audiovisual; la posición de los diferentes informantes claves o grupos de interés y finalmente las debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas para el comercio de servicios.

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